La Justicia Penal rechazó el pedido de sobreseimiento de los integrantes de la APDH de Azul
La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Azul informa que el Juez que interviene en la causa penal que se sigue contra integrantes del organismo rechazó el pedido de sobreseimiento formulado por sus representantes legales y confirmó para el 19 de agosto próximo el Juicio Oral y Público en el cual Luz Ramallo y José Luis Alvarez serán juzgados por el delito de Injurias, de cuya comisión los imputa el propietario y director del Diario El Tiempo de la misma ciudad, a raíz de la carta de lectores por la cual la Asamblea refutó el editorial en el que Alfredo Ronchetti afirmó como acto de amor la apropiación de hijos de desaparecidos.-
Los defensores de los imputados, los Dres. César Sivo y Manuel Marañón, sostuvieron ante el Juez la pretensión de sobreseimiento al entender injustificada la incomparecencia de Alfredo Ronchetti; de nulidad de la decisión que hizo lugar al pedido de suspensión de audiencia presentado a última hora y de declaración del desistimiento tácito de la acción penal por parte del querellante, al no hacerse presente en el Juicio alegando no tener salud para enfrentar lo que consideró sería un público hostil.-
El Juez Dr. Carlos Alberto Pocorena rechazó todos los planteos de la Defensa, incluido el pedido de que esas cuestiones fueran resueltas por un Juez hábil para revisar su resolución del 19 de mayo, fecha para la cual estaba previsto el Juicio.-
Fue el mismo Magistrado el que consideró “justa causa” la invocada por Ronchetti para justificar su ausencia ese día, denegando el pedido de intervención de otra autoridad judicial por entender que el Código de Procedimiento Penal no contempla ningún órgano de control de esas características y rechazando por improcedente el pedido de nulidad.-
De ese modo, confirmó para el día 19 de agosto próximo la audiencia en la cual habrá de desarrollarse el Juicio Oral y Público que debió tener lugar el 19 de mayo último.- Sin embargo, los defensores de los integrantes de la Asamblea que están imputados en esa causa, interpondrán en las próximas horas formal recurso de apelación contra esa resolución judicial.-
La Asamblea lamenta que el señor Ronchetti haya logrado frustrar el juicio al que él mismo ha llevado a dos de sus integrantes y lo haya hecho por motivos que constituyen claramente especulaciones inaceptables –cuando alude a un público hostil y a la presencia de los medios periodísticos que estima no sabrán interpretar sus afirmaciones en el juicio- y excusas fundadas en esas apreciaciones especulativas –cuando refiere padecer dolencia cardiovascular de vieja data-, ya que el mismo día del juicio después de rechazar el magistrado el pedido de que se constatara el estado de salud del querellante por intermedio de profesionales médicos de la Asesoría Pericial Dptal., se pudo ver a Ronchetti trabajando normalmente en el diario que dirige y del que es propietario, además de no agregar certificación médica alguna que indicara ningún agravamiento de una dolencia certificada en el año 1999, constancia documental que aportó a la causa.-
En sus propias palabras, Ronchetti dijo por escrito a la Justicia que “… el mismo día 16 de mayo muy afectado por estas circunstancias hablé con mi médico cardiólogo Dr. Edgardo Capelli, quien me atiende desde hace más de veinte años y conoce mi insuficiencia cardíaca y diabética que derivó en una riesgosa operación a la que fui sometido en el año 1999 … y a partir de la cual tengo que cuidarme especialmente de situaciones de alto contenido emocional…” y también que “… el marco de un público adverso y agresivo, afuera y adentro de la sala … no los podría soportar en mis condiciones cardiovasculares …”.- Para justificar esas razones introdujo haber tomado conocimiento de las siguientes circunstancias:
- Que se habían presentado veedores por la Asociación Judicial Bonaerense y APDH La Plata (a los que el Juez no hizo lugar)
- Que se presentó pedido de autorización para filmar (a lo que el Juez no hizo lugar)
- Que se solicitó una sala más amplia para la realización del Juicio (a lo que el Juez no hizo lugar)
- Que había estado circulando un volante anónimo que aportó a la causa, relativo a un dibujo referido a su propio editorial.-
- Que “… se ha convocado el interés de los medios … viendo el comportamiento habitual de los medios audiovisuales, principalmente, es posible que estén esperando al suscripto en las afueras del edificio para preguntarle a los gritos y con intervalos de tres segundos que aclare qué piensa (en el mejor de los casos). Situaciones que terminan alterando a cualquiera, entre empujones y forcejeos, sin escuchar y sin aceptar el silencio…”
El organismo no puede dejar de ver con tremenda preocupación una conducta procesal reprochable, ya que en la misma presentación el señor Ronchetti anticipa que no asistirá a ninguna de las audiencias que se designen y que enfrentará el Juicio (que él mismo promueve) a través de un apoderado para evitar encontrarse con el público que concurra a presenciarlo.-
Y tampoco puede ser indiferente frente a un comportamiento que resulta habitual en aquellos que intuyen que serán objeto de reproche, recurriendo a cuestiones de edad y de salud para justificar lo que no es otra cosa que eludir las ingratitudes de un proceso de estas características, al que, sin embargo, en el caso puntual Ronchetti obliga a nuestros compañeros.-
La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Azul informa que el Juez que interviene en la causa penal que se sigue contra integrantes del organismo rechazó el pedido de sobreseimiento formulado por sus representantes legales y confirmó para el 19 de agosto próximo el Juicio Oral y Público en el cual Luz Ramallo y José Luis Alvarez serán juzgados por el delito de Injurias, de cuya comisión los imputa el propietario y director del Diario El Tiempo de la misma ciudad, a raíz de la carta de lectores por la cual la Asamblea refutó el editorial en el que Alfredo Ronchetti afirmó como acto de amor la apropiación de hijos de desaparecidos.-
Los defensores de los imputados, los Dres. César Sivo y Manuel Marañón, sostuvieron ante el Juez la pretensión de sobreseimiento al entender injustificada la incomparecencia de Alfredo Ronchetti; de nulidad de la decisión que hizo lugar al pedido de suspensión de audiencia presentado a última hora y de declaración del desistimiento tácito de la acción penal por parte del querellante, al no hacerse presente en el Juicio alegando no tener salud para enfrentar lo que consideró sería un público hostil.-
El Juez Dr. Carlos Alberto Pocorena rechazó todos los planteos de la Defensa, incluido el pedido de que esas cuestiones fueran resueltas por un Juez hábil para revisar su resolución del 19 de mayo, fecha para la cual estaba previsto el Juicio.-
Fue el mismo Magistrado el que consideró “justa causa” la invocada por Ronchetti para justificar su ausencia ese día, denegando el pedido de intervención de otra autoridad judicial por entender que el Código de Procedimiento Penal no contempla ningún órgano de control de esas características y rechazando por improcedente el pedido de nulidad.-
De ese modo, confirmó para el día 19 de agosto próximo la audiencia en la cual habrá de desarrollarse el Juicio Oral y Público que debió tener lugar el 19 de mayo último.- Sin embargo, los defensores de los integrantes de la Asamblea que están imputados en esa causa, interpondrán en las próximas horas formal recurso de apelación contra esa resolución judicial.-
La Asamblea lamenta que el señor Ronchetti haya logrado frustrar el juicio al que él mismo ha llevado a dos de sus integrantes y lo haya hecho por motivos que constituyen claramente especulaciones inaceptables –cuando alude a un público hostil y a la presencia de los medios periodísticos que estima no sabrán interpretar sus afirmaciones en el juicio- y excusas fundadas en esas apreciaciones especulativas –cuando refiere padecer dolencia cardiovascular de vieja data-, ya que el mismo día del juicio después de rechazar el magistrado el pedido de que se constatara el estado de salud del querellante por intermedio de profesionales médicos de la Asesoría Pericial Dptal., se pudo ver a Ronchetti trabajando normalmente en el diario que dirige y del que es propietario, además de no agregar certificación médica alguna que indicara ningún agravamiento de una dolencia certificada en el año 1999, constancia documental que aportó a la causa.-
En sus propias palabras, Ronchetti dijo por escrito a la Justicia que “… el mismo día 16 de mayo muy afectado por estas circunstancias hablé con mi médico cardiólogo Dr. Edgardo Capelli, quien me atiende desde hace más de veinte años y conoce mi insuficiencia cardíaca y diabética que derivó en una riesgosa operación a la que fui sometido en el año 1999 … y a partir de la cual tengo que cuidarme especialmente de situaciones de alto contenido emocional…” y también que “… el marco de un público adverso y agresivo, afuera y adentro de la sala … no los podría soportar en mis condiciones cardiovasculares …”.- Para justificar esas razones introdujo haber tomado conocimiento de las siguientes circunstancias:
- Que se habían presentado veedores por la Asociación Judicial Bonaerense y APDH La Plata (a los que el Juez no hizo lugar)
- Que se presentó pedido de autorización para filmar (a lo que el Juez no hizo lugar)
- Que se solicitó una sala más amplia para la realización del Juicio (a lo que el Juez no hizo lugar)
- Que había estado circulando un volante anónimo que aportó a la causa, relativo a un dibujo referido a su propio editorial.-
- Que “… se ha convocado el interés de los medios … viendo el comportamiento habitual de los medios audiovisuales, principalmente, es posible que estén esperando al suscripto en las afueras del edificio para preguntarle a los gritos y con intervalos de tres segundos que aclare qué piensa (en el mejor de los casos). Situaciones que terminan alterando a cualquiera, entre empujones y forcejeos, sin escuchar y sin aceptar el silencio…”
El organismo no puede dejar de ver con tremenda preocupación una conducta procesal reprochable, ya que en la misma presentación el señor Ronchetti anticipa que no asistirá a ninguna de las audiencias que se designen y que enfrentará el Juicio (que él mismo promueve) a través de un apoderado para evitar encontrarse con el público que concurra a presenciarlo.-
Y tampoco puede ser indiferente frente a un comportamiento que resulta habitual en aquellos que intuyen que serán objeto de reproche, recurriendo a cuestiones de edad y de salud para justificar lo que no es otra cosa que eludir las ingratitudes de un proceso de estas características, al que, sin embargo, en el caso puntual Ronchetti obliga a nuestros compañeros.-
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